Toda actividad señalada específicamente en el artículo N° 3 del D.S. N° 40/2012, que Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), requiere presentar para su Aprobación Ambiental, la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o en su defecto un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), según la envergadura e impactos ambientales considerados.